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Consejo de Estado negó demanda al no acreditarse que un vehículo tipo taxi, que había sido incautado por la Policía, contara con las autorizaciones legales de uso de transporte público ni estaba afiliado a una empresa autorizada

Escrito por  Ago 05, 2021

La Policía Nacional, en un retén, incautó un taxi y lo dejó a disposición de la Fiscalía General de la Nación. La Sala concluyó que la Policía Nacional actuó en la forma dispuesta en la normativa constitucional y penal vigente para la época de los hechos, sin que del material probatorio se advierta la existencia de algún tipo de irregularidad al proceder a la retención del vehículo

involucrado directamente en la comisión de un delito, de ahí que no le asista responsabilidad alguna y, por ende, no habría lugar a proferir condena alguna en su contra.

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Modificado por última vez en Jueves, 05 Agosto 2021 11:37