municipios reconocidos como zonas de frontera, que regirán a partir del 14 de julio del 2021.
A través de cuatro resoluciones, el ministerio de Minas estableció el ingreso al productor de la gasolina motor corriente y del ACPM; el ingreso al productor del alcohol carburante y del biocombustible para uso en motores diésel; las proporcionalidades para el cálculo del ingreso al productor de las estructuras de precios de la gasolina motor corriente y del ACPM que se distribuyan en los
municipios reconocidos como zonas de frontera, que regirán a partir del 14 de julio del 2021.