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Ministerio de Minas estableció el ingreso al productor de la gasolina motor corriente, ACPM, alcohol carburante y del biocombustible para uso en motores diésel, que rigen a partir del 14 de julio

Escrito por  Jul 14, 2021

A través de cuatro resoluciones, el ministerio de Minas estableció el ingreso al productor de la gasolina motor corriente y del ACPM; el ingreso al productor del alcohol carburante y del biocombustible para uso en motores diésel; las proporcionalidades para el cálculo del ingreso al productor de las estructuras de precios de la gasolina motor corriente y del ACPM que se distribuyan en los

municipios reconocidos como zonas de frontera, que regirán a partir del 14 de julio del 2021.

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Modificado por última vez en Miércoles, 14 Julio 2021 09:43