La base de datos puesta a disposición del público será una muestra estadísticamente representativa de los contribuyentes. Esta información reposará abierta al público en la página de internet oficial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La misma deberá ser actualizada anualmente. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales tendrá hasta 180 días calendario para actualizar la información después de finalizada una vigencia fiscal. Aprobada y reglamentada esta ley, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales tendrá un plazo de 180 días calendario para anonimizar y publicar los datos anonimizados de quienes hayan declarado impuestos desde la vigencia fiscal del año 2000.