Los despachos judiciales rurales y agrarios deberán ser objeto de la implementación de un Modelo de Gestión por parte del Consejo Superior de la Judicatura que se compadezca con la realidad de las áreas rurales y rurales dispersas, favoreciendo horarios de atención al público que se acompasen con el giro ordinario de la actividad rural en las cabeceras municipales, deberán contar con un conciliador en derecho adjunto al despacho y un facilitador que provea información a los ciudadanos con miras a superar las barreras de acceso a la administración de justicia. Deberán generarse formatos de fácil entendimiento para la población rural con miras a acceder a la oferta judicial de manera más simple y con el mínimo de formalidades necesarias para presentar ante el juez los derechos objeto de reclamo o defensa.